Cancelaciones de vuelos por el Coronavirus.

Esta pandemia mundial ya está afectando nuestros hábitos de vida de forma directa, desde hace unas semanas.

A medidas restrictivas del Gobierno de España como la suspensión de vuelos entre España e Italia, se suman cancelaciones de trayectos con países como Estados Unidos o China que, unilateralmente, están aplicando otras compañías aéreas como Lufthansa, Swiss o British Airways.

Los consumidores, como es normal, tienen dudas a cerca de los derechos que les acogen ante la cancelación de sus plantes de viajes.

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Viajes combinados: Indemnizaciones en caso de cancelación

Recuerda que el plazo para reclamar la devolución del dinero o la indemnización es de dos años, desde la fecha de contratación del viaje.

Hemos visto en la entrada anterior, determinados supuestos en los que procede exigir una indemnización. Recordemos cuáles:

  1. Cuando el organizador modifica el contrato de Viaje combinado.
  2. Cuando la Agencia cancela el viaje antes de la salida.
  3. Cuando la Agencia no confirma la salida
  4. Y, por último, cuando el cliente decide cancelar el viaje:

Entre 10 y 15 días de antelación con respecto a la fecha de inicio del viaje

5% del importe total del viaje

Entre 3 y 10 días de antelación con respecto a la fecha de inicio del viaje

15% del importe total del viaje

Dentro de las 48h anteriores a la salida

25% del importe total del viaje

Viajes combinados: Supuestos especiales

¿Se pueden modificar los precios ya negociados?

Sí, pero solo si se ha pactado expresamente la posibilidad de realizar tal modificación, ya sea al alza o a la baja.

Solamente están permitidos los cambios en el precio de los transportes (carburantes, tasas e impuestos).

En ningún caso se permitirán modificaciones que tengan lugar en los 20 días inmediatamente anteriores a la fecha de salida del viaje.

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Viajes combinados

¿Qué son los viajes combinados?

Son aquellos en los que los consumidores eligen contratar, a través de una Agencia de viajes, un paquete que incluya: avión, hotel y traslados. Según la normativa, al menos tienen que contratarse dos de los siguientes elementos:

  • transporte
  • alojamiento
  • otros servicios no accesorios.

Como mínimo la duración del viaje tiene que ser de 24h y realizar una pernoctación. El detallista o el organizador, deben de tener la consideración de agencia de viajes.

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