Todas las entidades financieras tienen el plazo de un mes, desde la aprobación del RD, para la creación de un departamento específico que resuelva las reclamaciones por cláusula suelo.
Ese plazo concluye el 21 de febrero del 2017.
Los bancos tendrán que informar en su web o sucursal cómo contactar con dicho departamento: direccíon, correo electrónico, etc
Dicho departamento solo resolverá las reclamaciones de cláusula suelo, no las de gastos hipotecarios, por ejemplo.
Recuerden el plazo de respuesta es de 3 meses.
Si ya se ha realizado un reclamación extrajudicial antes de la aprobación del RD, nada se dice si hay que enviar una nueva o no. Pregunten en su banco.
Las reclamaciones presentadas durante el plazo de un mes, entre la aprobación del RD y el 21 de febrero, se acumularán a la espera del plazo de tramitación de 3 meses que empezará a partir del 21 de febrero.
Hay que aportar la documentación necesaria: escritura hipotecaria o de subrogación o novación, reclamaciones previas presentadas, oferta vinculante o acuerdos/pactos firmados. Esta documentación ya la tienen, pero es habitual que ante el SAC también se pida.
Mientras se tramita la reclamación extrajudicial, no se puede interponer una demanda judicial. Si ya hay un pleito interpuesto, se podrá suspender a la espera de resolución.
CONSEJO: Nunca firmen ningún acuerdo ni ratifiquen las cantidades que les proponga el Banco, sin asesorarse previamente.
El modelo que ha creado CaixaBank para reclamar la clásula suelo es este:
FORMULARIO DE CONTACTO