Desde la declaración del Estado de Alarma el pasado sábado 13 de marzo del 2020, el Gobierno está tomando una serie de medidas que nos afectan a todos los que vivimos en España.
Medidas de carácter económico, social, sanitario, social, policial muy duras, en algunos casos, pero necesarias dado el aumento de casos de Covid-19 detectados.
Como consecuencia de la entrada en vigor del último Real Decreto, el 18 de marzo, se agravan algunas de las medidas tomadas anteriormente, como por ejemplo:
En relación a los Transeúntes: Preferiblemente una persona, excepto que esté acompañando a menores, dependientes o vulnerables siempre que exista una causa justificada como ir al médico o a la farmacia. Se puede requerir por la autoridad justificación documental.
Circulación en vehículos: solo un ocupante, excepto acompañante con motivo justificado y sentado en la plaza trasera, ambos con mascarilla.
Régimen de visitas: Están autorizados los desplazamientos para la entrega de menores al otro progenitor. Siempre con medidas de seguridad.
Segundas viviendas: Se prohíbe el desplazamiento a segundas residencias.
Establecimientos o sectores que sí pueden abrir al público o trabajar:
Agricultura y ganadería, autónomos, talleres de automoción solo para reparaciones, establecimientos de comida preparada, estaciones y áreas de servicio con los servicios de cafetería, bar y baño cerrado. Supermercados, tiendas de alimentación, farmacias, centros médicos, ópticas y ortopedias, productos de higiene y limpieza, prensa, papelería y estando. Tiendas de telefonía, de animales, tintorerías y lavanderías. Tiendas multiprecios, ferreterías y bazares solamente para la venta de alimentos, telefonía, higiene, etc. Construcción y material de construcción.
Medidas concretas de aplicación a los consumidores
1. Si tu DNI caduca en estas semanas o desde que se decretó el estado de alarma, entonces, se renovará automáticamente hasta el 13/03/2021.
2. Permiso de conducción: quedará automáticamente prorrogado si ha vencido o vencerá durante el estado de alarma. Tendrás que renovarlo a su finalización.
Os dejamos el enlace a los tres Reales Decretos publicados hasta el momento:
Si tienes alguna duda o quieres realizar una reclamación, ponte en contacto con nosotras, a través de este formulario: