El Arbitraje de consumo

Herramienta bien desconocida por la mayoría de los consumidores, es muy útil para reivindicar nuestros derechos ante todas aquellas empresas que estén adheridas al Sistema Arbitral de consumo, es decir, que hayan aceptado esta vía para solventar las controversias.

Es gratuito, sus decisiones, llamadas laudos, son de obligado cumplimiento para todos y directamente ejecutables, es rápido porque todo el procedimiento no suele llevar más de tres o cuatro meses y es ante todo un procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos.

Atención porque hay una serie de materias excluídas del arbitraje:

  • Aquellas en las que ya exista una resolución judicial firme y definitiva.
  • Cuando se haya producido daños para la salud o muerte.
  • Cuando existan indicios de delito.
  • Cuando deba intervenir el Ministerio Fiscal.

La Junta Arbitral de consumo, está formada por tres personas cuando decide en equidad: un vocal que representa al sector empresarial, un vocal que representa a los consumidores y el presidente, que pertenece a la Administración.

¿Cuál es el proceso?

Ante un problema con una empresa, el consumidor solicita el arbitraje (on line, en una OMIC o en una asociación de consumidores) y presenta toda la documentación de la que dispone: factura, ticket, contrato, fotografías, cualquier cosa que le permita probar el daño. Es muy importante que concrete su pretensión, es decir, qué quiere conseguir. Aunque no existe indemnización por daños y perjuicios, el consumidor puede indicar una cantidad económica por la que solicita restitución.

Cuando la solicitud de arbitraje se recibe en la Administración, se revisa y si falta documentación se pide, y se da traslado, posteriormente, a la empresa para que realice sus alegaciones que serán enviadas al consumidor. Es posible llegar a un acuerdo a través de la mediación, incluso momentos antes del inicio del arbitraje.

También la empresa puede solicitar reconvención, es decir, si el consumidor debe dinero, podrá exigir su pago en la contestación.

Empresas adheridas típicas: Vodafone España, Movistar, Telecable, Orange, ópticas, talleres de coches, tintorerías, academias de formación. El logotipo del arbitraje suele estar en sus comunicaciones comerciales, contratos o incluso, en el propio establecimiento.

Consulta aquí, las empresas en Asturias.

Aunque las empresas no estén adheridas, pueden aceptar el arbitraje en supuestos puntuales.